Actuando por primera vez como oposición de modo coordinado y conjunto, el archipiélago de grupos parlamentarios existente en el Congreso puso fin a la "modernización" por decretazo instaurada por el Ejecutivo mediante los DL 1015 y 1073, más conocidos como "Ley de la Selva". La derogación, que fue por 69 votos a favor y 29 en contra (la CPA y sus minoritarios socios de Renovación) no pudo ser más contundente.
De este modo, las modificaciones introducidas inconsultamente por el Ejecutivo a los artículos 10 y 11 de la Ley 26505 quedaron sin efecto, es decir que cualquier cambio en el estatuto legal de una comunidad requerirá de los votos de dos tercios de los miembros de la misma, y la inversión privada en tierras comunales estará sujeta a las mismas reglas.
Algunos dirigentes de gremios empresariales han criticado la decisión tomada por el Congreso alegando que sentaba un precedente nefasto, puesto que se estaba cediendo a la presión de la violencia –aludían con esto a la reciente huelga indefinida de 65 etnias, la misma que paralizó la selva–, pero este modo sesgado de ver las cosas olvida que la violencia partió del Ejecutivo.
En efecto, no es solo el hecho de que este cambio en la normatividad marcado por los DL derogados no había sido autorizado en las facultades legislativas delegadas por el Congreso sino que estaba también el hecho evidente de que el Ejecutivo violó el Convenio 169 signado con la OIT en 1993, que establece que todo cambio en el estatus legal de los pueblos afectados, y más cuando se trate de enajenar sus tierras debe serles consultado.
Toda esta argumentación legal –que en su momento verá el TC, que ha admitido la demanda de inconstitucionalidad presentada por la Defensoría del Pueblo– ha sido vista y sopesada por el Congreso durante las tres horas y media de debate que precedieron a la derogación de los DL, y las violaciones a la normatividad jurídica vigente fueron denunciadas y convencieron a los distintos grupos parlamentarios, incluso a los que votan con el oficialismo.
Voces cercanas al Ejecutivo previenen ya que, dentro de los 15 días que tiene de plazo para promulgar la norma, el presidente García la observará. En verdad, es de esperar que no lo haga, pues semejante actitud sería tomada por las etnias selváticas como una provocación y volverían a la huelga. No hay que olvidar que han recibido con grandes muestras de júbilo la derogación de los DL cuestionados. Si el Ejecutivo insiste en su posición y considera que debe salvar la cara, puede dejar de promulgar la ley. Vencido el plazo constitucional, tocará al presidente del Congreso hacerlo.
De este modo, las modificaciones introducidas inconsultamente por el Ejecutivo a los artículos 10 y 11 de la Ley 26505 quedaron sin efecto, es decir que cualquier cambio en el estatuto legal de una comunidad requerirá de los votos de dos tercios de los miembros de la misma, y la inversión privada en tierras comunales estará sujeta a las mismas reglas.
Algunos dirigentes de gremios empresariales han criticado la decisión tomada por el Congreso alegando que sentaba un precedente nefasto, puesto que se estaba cediendo a la presión de la violencia –aludían con esto a la reciente huelga indefinida de 65 etnias, la misma que paralizó la selva–, pero este modo sesgado de ver las cosas olvida que la violencia partió del Ejecutivo.
En efecto, no es solo el hecho de que este cambio en la normatividad marcado por los DL derogados no había sido autorizado en las facultades legislativas delegadas por el Congreso sino que estaba también el hecho evidente de que el Ejecutivo violó el Convenio 169 signado con la OIT en 1993, que establece que todo cambio en el estatus legal de los pueblos afectados, y más cuando se trate de enajenar sus tierras debe serles consultado.
Toda esta argumentación legal –que en su momento verá el TC, que ha admitido la demanda de inconstitucionalidad presentada por la Defensoría del Pueblo– ha sido vista y sopesada por el Congreso durante las tres horas y media de debate que precedieron a la derogación de los DL, y las violaciones a la normatividad jurídica vigente fueron denunciadas y convencieron a los distintos grupos parlamentarios, incluso a los que votan con el oficialismo.
Voces cercanas al Ejecutivo previenen ya que, dentro de los 15 días que tiene de plazo para promulgar la norma, el presidente García la observará. En verdad, es de esperar que no lo haga, pues semejante actitud sería tomada por las etnias selváticas como una provocación y volverían a la huelga. No hay que olvidar que han recibido con grandes muestras de júbilo la derogación de los DL cuestionados. Si el Ejecutivo insiste en su posición y considera que debe salvar la cara, puede dejar de promulgar la ley. Vencido el plazo constitucional, tocará al presidente del Congreso hacerlo.
La República, 24/08/2008
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